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PRI comienza a posicionar a precandidato violando ley electoral

13 Noviembre 2020

Zacapoaxtla.- El Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Zacapoaxtla, inició la pinta de bardas como parte del arranque del proceso electoral 2020 – 2021, sin embargo aprovechando las lagunas en las leyes, intenta posicionar a uno de sus aspirantes a la candidatura a la presidencia municipal.

          Y es que en bardas que se han pintado, el PRI coloca #ENL, las iniciales de uno de sus aspirantes, Evelio Navarro Lara, misma leyenda que el propio aspirante coloca en sus redes sociales, como se aprecia en las mismas imágenes que comparte.

          El Tribunal Electoral explica:

          Entre las inequidades y actos anticipados de campaña que suelen existir en los procesos electorales, está el posicionamiento de forma anticipada a las etapas electorales de los aspirantes a cargos de elección popular. Esto es, los actos anticipados de campaña, que consisten en aquellas expresiones que previo al inicio formal de las campañas electorales, llevan a cabo los contendientes para obtener un beneficio, ya sea exponiendo sus ofertas o descartando a otras para reducirle simpatía, e incluso se ha considerado que pueden desplegarse antes del inicio del proceso electoral. Por lo que debe estimarse que su denuncia puede presentarse en cualquier tiempo.

          ¿Porque estos actos son una violación a la equidad?

          Porque las diversas fuerzas políticas que pretenden acceder al poder público por vía del voto, con esos actos, vulneran las condiciones de equidad en la contienda, y no se ajustan sus conductas con las etapas que comprenden el proceso electoral, donde la campaña es el periodo establecido para buscar el voto ciudadano.

Así, quienes pueden ser infraccionados por realizar actos anticipados son personas aspirantes a candidaturas independientes, partidos políticos, aspirantes, precandidatos o candidatos postulados por partidos, todos ellos pueden recibir alguna sanción de las establecidas en la ley electoral.

Sanciones:

Las sanciones van desde la amonestación pública y multas, reducción de ministraciones del financiamiento público e interrupción de la transmisión de la propaganda en radio y televisión en el caso de partidos políticos; a los aspirantes, precandidatos o candidatos partidistas se les puede imponer la pérdida del derecho a ser registrado, la cancelación del registro, o con la negativa para registrar al precandidato electo en el proceso interno partidista; y a los aspirantes a candidatos independientes con la negativa de registro, conforme al artículo 456, párrafo 1, inciso a), c) y d) de la LEGIPE.

Evidentemente el colocar las iniciales de un aspirante, este partido evade la ley, pero se trata de posicionamiento de una figura pública, con la misma leyenda colocada en bardas, pintadas con recursos públicos, con las iniciales de una persona que busca estar en las boletas electorales el 6 de Junio de 2021.  

 

 

 

 

 

 

 

 

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